Régimen patrimonial y recomposición del patrimonio

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EL REGIMEN PATRIMONIAL Y LA RECOMPOSICIÓN PATRIMONIAL ANTE LA QUIEBRA DEL CÓNYUGE DEUDOR

AUTORA: PATRICIA D’ALBANO TORRES

INSTITUTO DERECHO COMERCIAL COLEGIO ABOGADOS SAN MARTIN

PONENCIA:

La regulación de acciones a favor de los acreedores en el régimen patrimonial del matrimonio amplía los medios para lograr la recomposición patrimonial ante la quiebra del cónyuge deudor.

DESARROLLLO:

Al analizar el régimen patrimonial del matrimonio, y en especial, el régimen de deudas de los cónyuges, se puede resaltar, entre otras:

  • El patrimonio como garantía ante los acreedores.

  • La responsabilidad solidaria por deudas posteriores al matrimonio nacidas para solventar los gastos y necesidades del hogar, de los hijos y de la vida familiar.

  • Responsabilidad solidaria por gastos de conservación y reparación de bienes gananciales

  • Responsabilidad posterior a la partición por deudas anteriores

  • Acción de nulidad de convenciones (pre)matrimonial que excede su objeto

  • Acción de Inoponibilidad del acreedor perjudicado por el cambio de régimen patrimonial

  • Ejecución de la vivienda familiar y bienes muebles familiares por deudas contraídas por ambos cónyuges o con asentimiento.

  • Acción del acreedor en caso de perjuicio en la indivisión postcomunitaria

  • Recuperación de crédito por recompensa en la liquidación de la comunidad

  • Acción subrogatoria de partición de la comunidad

  • Persecución del cónyuge in bonis deudor del fallido ante insuficiencia de la masa ganancial.

  • Acción de nulidad de sociedad entre cónyuges en régimen de comunidad patrimonial.

  • Usucapión de bienes cuya posesión se iniciara antes del matrimonio o en caso de ser ganancial.

  • Acción de desalojo de la vivienda familiar una vez vencido el plazo de atribución a los fines de su ejecución.

Como se puede ver, el sistema regula distintos medios para hacer efectiva la norma referida a que los terceros no pueden ser perjudicados por las acciones de los cónyuges o ex cónyuges, en un esfuerzo de armonización de distintos intereses y derechos como lo son la protección de familiar y los derechos de los terceros.

CONCLUSIÓN

El Código Civil y Comercial otorga medios para hacer valer los derechos de los acreedores que vienen a ampliar los falenciales para lograr la recomposición patrimonial ante la quiebra del cónyuge deudor.

Sobre la Autora

Dra. Patricia Dalbano Torres:
Autora de los siguientes libros: Práctica Concursal – Editorial Depalma –
1997; Supervisión Ley de Concursos y Quiebras – Editorial Depalma-1999; Guía
Práctica Profesional Concursos y Quiebras – Editorial Estudio- 2014; Estudio
del Nuevo Código –Persona humana – Persona Jurídica – Hechos y actos
jurídicos- Ediciones D&D-2015; Estudio del Nuevo Código- Familia y
Sucesiones – Ediciones D&D-2015; Estudio del Nuevo Código –
Obligaciones-Responsabilidad Civil – Títulos Valores – Ediciones D&D-2015.
Asimismo es autora de numerosas ponencias y artículos académicos,
conferencista y docente de grado y posgrado.

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